miércoles, 19 de mayo de 2010

PAÍS DE MIERDA.













EL FISCAL PEDÍA 7 AÑOS DE CÁRCEL

Condenan a un hombre a pagar 300.000 euros por matar a un ladrón en su casa

El hombre para el que la Fiscalía pedía siete años de prisión por matar a uno de los tres asaltantes que irrumpieron en su casa de Madrid no entrará en prisión pero deberá pagar a los hijos de la víctima 300.000 euros después del acuerdo con las partes.

EFE

El Ministerio Público decidió este martes en la Audiencia Provincial rebajar la solicitud de siete a dos años de cárcel para el constructor Joaquín R.S., acusado de un delito de homicidio con la eximente incompleta de legítima defensa y con los atenuantes de confesión de los hechos y reparación del daño.

se le ha impuesto el pago de 50.000 euros por cada uno de los seis hijos menores de la víctima, Ramón Jiménez Bruno, a cuatro de los cuales les ha sido hecha la prueba de ADN la pasada semana, según ha comentado la familia en los pasillos del juzgado.

Para los otros dos acusados por un delito de intento de robo con fuerza en casa habitada, Juan Ángel B.P. y Juan Manuel G.A., se ha acordado la pena de un año de prisión para cada uno de ellos.

Los hechos se remontan a mayo de 2009, cuando, según las conclusiones provisionales del fiscal, Ángel B.P. y Juan Manuel G.A., "puestos de común acuerdo con Ramón Jiménez Bruno y movidos por un ánimo de ilícito beneficio económico", rompieron el cierre de la entrada de la casa que Joaquín R.S. tiene como segunda vivienda y almacén en Arganda del Rey para robar.

El propietario de la casa –que permaneció en prisión preventiva desde su detención el 14 de mayo hasta el 29 de julio de 2009–, "viéndose en peligro" tomó una escopeta de caza para la que tenía licencia de armas y disparó en dirección a donde escuchaba ruidos y voces.

Uno de los ellos alcanzó a Ramón Jiménez Bruno, que murió en el acto, mientras que sus compañeros huyeron sin llevarse objeto alguno y dejando el cuerpo sin vida del fallecido. "Me siento tranquilo", ha manifestado escuetamente Joaquín R.S. a la salida del juzgado.

Por su parte, la abogada de los presuntos ladrones, Victoria Guerra, ha señalado que el acuerdo ha sido mucho mejor que llegar al juicio, y la representante legal de la familia de la víctima ha recordado el dicho de que "más vale un mal acuerdo que un buen pleito". (LD).

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Arturo Pérez-Reverte En España, romperle la cara a un individuo que asalta tu casa a las tres de la madrugada puede buscarte la ruina


Quisiera saber a qué atenerme. Con los amigos que tengo en la madera y en Picolandia diciendo por lo bajini Dios te ampare, colega, no damos abasto y esto va a más, sería bueno que alguien me instruyera en los asuntos de legítima defensa, provocación suficiente y proporcionalidad en la violencia que una persona decente puede emplear en su propia casa contra los malos. Porque estoy confuso. Cuando pones tu vida, tu familia y tus propiedades en manos del Estado y te ves desamparado por éste –falta de ganas o falta de medios no cambian la situación–, el sentido común y el instinto de supervivencia aconsejan adoptar otras defensas razonables. Y ése es el problema: lo que las leyes españolas consideran razonable en legítima defensa doméstica tiene poco que ver con el sentido común. Tendría que ver, quizá, con ese mundo ideal, esa Europa responsable, ordenada y ciudadana que parecíamos a punto de conseguir. Pero eso ya no cuela, Manuela. Al corderito de Norit se lo zampan hoy al horno con absoluta impunidad. Y con patatas. Así que me gustaría que alguien cualificado ilustrara mis dudas legítimo-defensivo-hogareñas. Si unos ladrones, por ejemplo, saltan a un jardín con intenciones dolosas y son atacados por el perro de la casa, ¿la indemnización que debe pagarles el propietario del perro incluye las lesiones por mordiscos o también la ropa rota en la refriega? ¿Debe esperar el perro a que los intrusos demuestren inequívocamente sus intenciones malvadas antes de hacerles pupita? ¿Da lo mismo a quién muerda el perro, o hay connotaciones xenófobas si en vez de un español o un ucraniano rubio la víctima es moro o colombiano? ¿Es agravante ladrar? ¿Será sacrificado el cánido por las autoridades competentes? En caso de que el perro despache al intruso, ¿deben ser indemnizados los parientes próximos de la víctima? Como ven, el asunto no es baladí. Y eso que todavía estamos en el jardín. Pero imaginen que, con perro o sin él, los malos penetran en la casa. Ahí sí debemos hilar fino. ¿A partir de qué momento es legítimo defenderse? ¿Es adecuado sacudirle con un garrote a un fulano que entra en tu casa a las tres de la madrugada, o es preciso antes averiguar sus intenciones? ¿Y qué hacer cuando, tras preguntarle cortésmente, «Caballero, ¿qué intención lo trae por aquí?», el otro se hace el longuis? ¿Hay que esperar a que empiece a meter en un saco la colección de Tintín? ¿A que desenchufe el Deuvedé? ¿A que coja las llaves del coche? ¿Es atenuante para el intruso que la interpelación no se le haga en la lengua autonómica correspondiente? Pero, en fin. Supongamos que la actitud del malevo es inequívoca. Eso, lejos de aclarar las cosas, plantea más problemas legales. De noche y dentro de la propia casa, ¿qué es provocación suficiente? ¿Basta con que los asaltantes amenacen a la familia de palabra, o hay que esperar a que te pongan una navaja en el cuello o una pistola en la cabeza? ¿Violar a las hijas, a la esposa o a la chacha ecuatoriana es provocación suficiente? ¿Basta con adivinar la intención, o hay que dar tiempo a que se consume el asunto? ¿Hay que esperar a que te maniaten o sodomicen para que la provocación sea suficiente y manifiesta? Llegados a ese punto, por cierto, entramos en el resbaladizo terreno de la proporcionalidad en la respuesta. ¿Es proporcionado que el dueño de una casa, cuando le entran varios individuos armados o sin armas, intente cargarse a alguno, si puede? ¿A partir de qué momento, poseyendo una escopeta de caza o un fusco con papeles, puede liarse a tiros con los malos? ¿Debe esperar a que las intenciones de provocación sean manifiestas, como por ejemplo, a que lo inflen a hostias preguntándole dónde esconde la viruta? Si los malos llevan cuchillos, ¿debe renunciar al uso de la pistola, por aquello de la proporcionalidad, y utilizar sólo un cuchillo de cocina o el palo de la fregona? Si en una casa entran a robar diez albanokosovares veteranos de guerra, ¿a cuántos puede atacar a mordiscos el propietario si ninguno de los diez lleva armas? ¿Y si las llevan? ¿Debe esperar a que le disparen para disparar él? ¿Hace falta un tiro previo de advertencia al aire? ¿Si los mata a los diez y encima le da risa, se considera ensañamiento? Dicho de otro modo: ¿Y si nos fuéramos todos a hacer puñetas?

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Te felicito por tu artículo, no podrías tener más razón.

Anónimo dijo...

Qué mal escribe este hombre. Y razón no le falta, pero ¿siempre está enfadado?

UVA dijo...

A mí no me parece que esté enfadado, más bien le encuentro resignado a la situación que vivimos y tratando de verla desde un lado cómico; seguramente para que algunos de sus lectores puedan enterarse con más facilidad de lo que les quiere transmitir.

Y es que nuestro Codigo Penal está pensado para defender a los delincuentes de las agresiones de la gente honrada, que son unos fundamentalistas extremos, que no aguantan nada.

Moscón dijo...

Exactamente igual sucede en Argentina.
El sentido común se fué por la cloaca.