miércoles, 23 de agosto de 2017

TAMPOCO JUANA RIVAS.











NADIE TIENE DERECHO A LA IMPUNIDAD.
 TAMPOCO JUANA RIVAS.



Se ignora cuál es la razón por la que el titular del Juzgado de Instrucción nº 9 de Granada, en funciones de guardia este martes, ha decretado, contra el criterio de la Fiscalía, la libertad provisional comunicada y sin fianza para Juana Rivas, en busca y captura desde que desobedeciera la resolución judicial que le obligaba a entregar a sus hijos a su padre, el ciudadano italiano Francesco Arcuri.

Tal vez el juez se haya dejado influir por la enorme e infecta presión mediática que ha presentado a Rivas poco menos que como una madre coraje que, por el bien de sus hijos, está dispuesta a todo con tal de evitar que vuelvan con un padre presentado como una especie de monstruo sin el menor derecho a estar con los críos.
Es cierto que Arcuri aceptó en 2009 una sentencia de conformidad que le condenaba a tres meses de prisión por un delito relativo a la pésimamente denominada violencia de género tras una trifulca conyugal en el domicilio que la pareja tenía en Granada después de que Rivas llegara a altas horas de la noche

Aunque las pruebas de las lesiones causadas a Rivas apuntaban a una sujeción por las muñecas, y a pesar de que Arcuri se había declarado inicialmente inocente de todo delito, el italiano aceptó la sentencia condenatoria como mal menor, dados los estragos que podría causarle la infame Ley de Violencia de Género y teniendo muy en cuenta que no se le privaría de ver a su entonces único hijo.


Después de mantener una relación sentimental con otra persona, Rivas decidió volver con el supuesto monstruo de Arcuri, con el que no sólo se fue a vivir a la pequeña isla italiana de Carloforte –muy lejos de cualquier zona de confort que le pudiera procurar su entorno más cercano ante la amenaza de los malos tratos–, sino que tuvo un segundo hijo, en 2012.

En mayo de 2016, Rivas viajó a Granada con los dos hijos con el consentimiento de Arcuri, a quien le dijo que venía a España de vacaciones y que, transcurridas éstas, volvería a Italia. Sin embargo, en julio, inmediatamente antes de anunciar a Arcuri que no iba a regresar a Italia con los niños, Rivas interpuso ante el Juzgado de Violencia de la Mujer nº 2 de Granada una nueva denuncia contra su marido por presuntos malos tratos, que habría sufrido mientras la pareja vivía en Italia.


Arcuri pidió a la Justicia que ordenara el regreso de sus hijos a Italia, petición que se le concedió en diciembre de 2016 por un juzgado de Granada y de acuerdo con el Convenio de La Haya de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción de menores, y teniéndose en cuenta el informe pericial recabado por el juzgado, en el que se leía: 

"El menor manifiesta que quiere vivir con su madre, aunque no le importaría pasar el verano con su padre en la isla. No se observa a lo largo de la evaluación con el menor que su restitución al contacto paterno suponga un grave peligro para su integridad física o psíquica".

Rivas recurrió la resolución ante la Audiencia Provincial de Granada, que desestimó su petición el pasado abril. "Los menores, hijos de la apelante y, no lo olvidemos, también de su padre, residen en Italia desde el año 2013, el menor desde su nacimiento, y están sujetos a las normas de aquel país", dijo la Audiencia. Dijo más:

 "La restitución no supone ni acredita que los menores queden expuestos a peligro físico o psíquico grave (...) el Tribunal Europeo de Derechos Humanos recuerda que para un padre y su hijo estar juntos representa un elemento fundamental de la vida familiar, aunque la relación entre los padres se haya roto". 

Asimismo, sugirió que la denuncia por malos tratos presentada por Rivas –tiempo después de que tales supuestos malos tratos se hubieran producido e inmediatamente antes de comunicar a su marido que no regresaría a Italia con los niños podría suponer "una actuación unilateral buscada con el presumible propósito de eludir la aplicación de la norma [del Convenio de La Haya de 1980]".


El caso es que Francesco Arcuri lleva más de un año sin ver a sus hijos, y que, con absoluta independencia de la veracidad o falsedad de la nueva y rocambolesca acusación de malos tratos que ha lanzado contra él la madre de sus hijos, lo que es innegable es que Rivas incurrió en un delito de sustracción ilegal de menores y de desobediencia a la autoridad judicial desde el mismo momento en que decidió desaparecer con los niños y hacer caso omiso a la resolución en firme del juzgado de Granada que le ordenaba entregarlos al padre a fin de que pudieran regresar a su domicilio en Italia.

Que la prófuga haya decidido finalmente entregarse a la Justicia podrá ser un atenuante o incluso un motivo que justifique su puesta en libertad sin fianza, pero en ningún caso debería ser razón para la impunidad.

 Sea como fuere, el hecho de ser mujer y natural del país no debe ser motivo para absolver a nadie, ni la condición de hombre y extranjero ha de acarrear condena alguna a un solo individuo.

 (Edit. Ld.)





La Asociación Contra la Sustracción de Menores alerta de que el 'caso Juana' podría crear un "peligroso precedente".

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